Nada en España escapó a las consecuencias de la Gran Recesión. Tampoco los tribunales, como prueban las decenas de millas de asuntos que siguen pendientes de resolución en los juzgados especializados en cláusulas abusivas. Pero, ¿es posible medir ese impacto? ¿Cómo influiremos en los cambios sociales y legales? Estas preguntas son el punto de partida de un trabajo académico de la Cátedra Unesco de Vivienda de la Universitat Rovira i Virgili (URV) que firman un equipo interdisciplinar de físicos y juristas. Utilizando técnicas de lingüística computacional han analizado unas 100.000 frases y la conclusión es clara: los tribunales españoles vivieron «un abrupto cambio en las decisiones relacionadas con la vivienda alrededor de 2016».

Más concretamente, retomando el físico Lluc Font Pomarol, estudiante de doctorado en la URV y primer firmante del trabajo, este muestra «como entre 2013 y 2016 empiezan a parecer unas temáticas en materia de vivienda que son importantes y otras que dejan de serlo». L’aportación de los físicos ha sido la de utilizar «techniques computacionales para poder medir el cambio». El análisis se basa en temáticas, expresadas a través de grupos de palabras o leyes, que los expertos en derecho han ayudado han interpretado. En total, hemos identificado 136 temas léxicos significativos y 79 de tipo legal. El trabajo, publicado en el Revista Europea de Físicase centra sobre todo en cuatro de ellas.

«Escogimos el ámbito de la vivienda precisamente porque es un ámbito que ha movido mucho en los últimos años, tanto en jurisprudencia, como en legislación, como en movimientos sociales», explica Sergio Nasarre, catedrático de Derecho Civil y exdirector de la cátedra de la Universidad de Tarraconia. Su trabajo ha sido el de interpretar los datos que arrojaron las herramientas de cálculo y ayudar a afinar las búsquedas. Así como se sabe, por ejemplo, que la temática léxica 108, que multiplicó por 27 su presencia en las sentencias estudiadas entre 2008 y 2015, se refiere a abusivas cláusulas en las hipotecas. Es un asunto que poco a poco fue ganando importancia en la jurisprudencia española, pero que dio un salto significativo en 2013 al parecer en más del 1% de los fallos analizados (llegaría a superar el 6%).

El trabajo de los investigadores de la URV explica ese cambio por la sentencia europea del caso aziz. Así se apellidaba el obrero de origen marroquí, desahuciado junto con su familia en Martorell (Barcelona), al que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoció el derecho a pudo defender como consumidor de las cláusulas abusivas que contenían su contrato hipotecario. Ese fallo obligó a cambiar la legislación española y, como muestra el artículo publicado ahora, conectó un terremoto. El pico en torno a 2015 se aclara, según los investigadores, porque por razones metodológicas la mayoría de sentencias utilizadas proceden de tribunales de apelación (sobre todo, audiencias provinciales) y los casos tardan entre uno y dos años en llegar hasta estas instancias.

Ada Colau, actual alcaldesa de Barcelona, ​​en un acto en Sabadell en febrero de 2013, cuando era portavoz de la PAH. ALBERTO GARCÍA

Otro conjunto léxico que ha llamado la atención de los expertos es el identificado como número 14. Se refiere a casos de perturbación de la posesión o de riesgo de posesión, lo que lo relación con ocupaciones de carácter no violento. En el periodo que abarcan las sentencias, de 2001 a 2018, su presencia se multiplicó por más de 10 y aumentó en una frecuencia del 3% en los fallos de los últimos años. El motivo, en este caso, explica por un cambio legislativo, cuando en la reforma del Código Penal de 2015 lo sustituyó el concepto de falta por el delito leve, que es en el que se encuadran las ocupaciones pacíficas. Las sentencias analizadas son de dos tipos: las que utilizan ese tipo de delito leve y las que lo mencionan para recordar que el procedimiento penal es el último recurso y antes debe acudirse al procedimiento civil.

Cambios de procedimiento

El asunto, precisamente, se relaciona también con las dos temáticas legales más destacadas (la 41 y la 42, de las 79 identificadas. El primero se refiere también a casos de usurpación recogidos en el artículo 245 del código penal y el artículo asegura que “ El abrupto incremento en el uso de este artículo en decisiones relacionadas con la vivienda desde 2016 es también ilustrativo». débiles y no estructurales», con motivo «un aumento de casos en casos civiles y criminales de ocupación». año con menos frecuencia.

De las 100.000 sentencias analizadas, 26.000 eran sobre vivienda y las restantes se refieren a homicidios o disputas de tipo comunitario. Se trata de dos corpus de control que apenas variaron en el tiempo, lo que contrasta con las alteraciones que acabaría provocando la crisis de 2008 en las decisiones judiciales sobre vivienda, así como en las reacciones sociales y políticas a aquella situación. Al fin y al cabo, las cicatrices de la Gran Recesión no se notaron solo en los juzgados, porque como recuerda el estudio, “desde 2007 y en menos de una década, se iniciaron más de 700.000 procedimientos de ejecución hipotecaria”, llegaran o no a los tribunales

Visto retrospectivamente, “los bancos usaban decisiones estándar de ejecución hipotecaria y el cambio arrancó de algunos jueces que surgieron a mirar posibles cláusulas abusivas”, recuerda Nasarre. «De repente», añade, «sentencias como la del caso aziz También hubo en Europa la idea de que había que tener en cuenta argumentos que antes de 2013 casi ningún juez se plantaba”. Además de Nasarre y Font, el artículo Períodos y Temas Socialmente Disruptivos desde la Información Análisis Teórico de las Decisiones Judiciales (Periodos y temas socialmente disruptivos desde un análisis informativo-teorético de las decisiones judiciales) lo firman Angelo Piga, Rosa María García Teruel, Marta Sales Pardo and Roger Guimerà.

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