El nuevo sistema de cotización por ingresos para trabajadores autónomos diseñado por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social de José Luis Escrivá y pactado con las principales organizaciones de autónomos esconde tras su escala de quince tramos según el nivel de renta, y su flexibilidad para moverse libre de uno al otro a lo largo del año, una problemática fiscal que un día de hoy está pendiente de resolver, según ponen de manifiesto varios asesores fiscales consultados por ABC. El nudo del problema tiene que ver con el dispositivo de regularización de cuotas establecido en la reforma aprobada el pasado verano. Este prevé el alza alza oa la baja de las cotizaciones sociales pagadas en un ejercicio determinado una vez la Administración Tributaria tenga constancia de las reales declaradas y las comunique a la Seguridad Social, de modo que esta podrá reclamar el pago de las cuotas dejadas de abonar en el caso de que los rendimientos declarados situen al autónomo en un tramo superior al que estaba encuadrado o tendrá que asumir una devolución “La norma deja muy claro el modo en que los autónomos deben regularizar sus cotizaciones sociales en los casos en que sus declaraciones anuales no se corresponden con el tramo en que fueron encuadrados en el ejercicio anterior, pero no aclara cómo realizar la regularización fiscal que se deriva de ese ajuste, explicó Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (Fettaf). El impacto sobre el IRPF Se refiere al hecho de que cualquier eventual regularización a posteriori de las cuotas sociales pagadas por un trabajador autónomo en un año concreto altera de forma directa los rendimientos declarados por ese ejercicio concreto y por extensión la factura fiscal abonada por esas rentas , solo existen las cotizaciones computan como a gasto a la hora de hacer la Declaración de la Renta del ejercicio. «Podría ocurrir que la regularización de las cuotas pagadas a la Seguridad Social en un ejercicio concreto respecto a lo abonado inicialmente fuera de tal magnitud que cause una reducción de los rendimientos nets declarados hasta situar al trabajador autónomo en un tramo de cotización diferente al que desencadenó la regularización inicial, lo que obligaría a realizar una nueva regularización de la cuota de la Seguridad Social y, por consiguiente, un nuevo ajuste de la factura fiscal. Es la peor estadística desde la crisis financiera en 2012 y suma ya dos meses con caídas de affiliación La ausencia de referencia alguna en la reforma del régimen de cotización de autónomos a la dimension fiscal de las regularizaciones o la inexistencia hasta la fecha de un criterio asenta do por parte de Hacienda sobre cómo actuar ante esta circunstancia, que puede afectar a la declaración de la Renta de 2023 (à realizar en 2024) de miles de autónomos, ha hecho que los asesores tax han trasladado -hasta ahora de manera informal- al Ministerio de Hacienda la problemática en busca de alguna guía de actuación ante casos así. Desde Fettaf aseguró haber recopilado información sobre el tema de plantar una consulta formal con la Dirección General de Tributos para aclarar cómo tendría que rectificar la declaración de IRPF en caso de producirse una regularización. Tanto desde el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social como desde el Ministerio de Hacienda restan importancia al fenómeno. Entienden que solo se producirá en casos puntuales y que su relevancia real tanto sobre el funcionamiento normal de la reforma como del sistema fiscal sea mínimo. Desde Hacienda declara que un día de hoy ni siquiera se ha pedido a la Dirección General de Tributos un pronunciamiento sobre el particular. Buscando una solución En opinión de Javier Martín, socio director del despacho Ideo Legal y asesor fiscal de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos ATA posteriori que tendrían que realizar se pueden declarar como gasto en el ejercicio de 2024”. Según la Ley de Seguridad Social, en efecto, las regularizaciones derivadas de la aplicación de este sistema tendrán que liquidar antes de la finalización del mes siguiente aquel en el que se notifique al contribuir con el resultado de la regularización. En opinión de Joan Torres, esta será en efecto la solución más sencilla, por lo que presentar la objeción de que alteraría la cuenta estándar y fiscal, es que trasladaría de forma sistemática tiene un posterior ejercicio el efectivo cumplimiento de las obligaciones relacionadas con impuestos un ejercicio concreto.