Aprobado en febrero de 2021, aquellas jubiladas y jubilados que cumplen una serie de requisitos pueden optar a cobrar un complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, el cual sustituye al llamado «suplemento de maternidad», contemplado en el artículo 60 y que fue introducido en la Ley General de Seguridad Social por la Ley 48/2015.

Este fue considerado discriminatorio por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de ahí la introducción del nuevo más, que corrige los problemas del diseñador que presentó su antecesor y que no atacaba el origen de la brecha de género en las pensiones.

El complemento permitido cobrar hasta 378 euros pero en su pensión anual por cada hijo a quienes demuestren que Durante su vida profesional el hecho de tener que haber cuidado de su descendencia les supuso un perjuicio en el ámbito laboral. Así, el incremento mensual de las pensiones de estos jubilados aumenta 27 euros al mes, tiene un máximo de 4 hijos, y abona en 14 pagas. Como ejemplo, podemos decir que el plus representa un ingreso anual de hasta 1.512 euros para familias con 4 hijos.

Quien puede pedirlo y donde

Para optar por esto mejor es necesario estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, solicitar una pensión contributiva de júbilo, de incapacidad permanente o de viudedad y tener un hijo o más registrado en el registro civil si si, hijos incompatibles entre sí y se abonarán en el régimen de la Seguridad Social en el que el pensionista tenga más períodos de alta.

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El complemento se pide cumplimentando una solicitud en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en el Instituto Social de la Marina si te tratas de un trabajador del mar.

Por último, cabe destacar que, aunque el mayor porcentaje de beneficiados por este plus son mujeres, por ser las que en la mayoría de los casos se han dedicado al cuidado de los niños, hay hombres que también pueden reclamarlo. En este caso, teniendo una pensión contributiva, deberá demostrar haber sido ellos los que interrumpieron o vieron afectados sus carreras profesionales con la llegada de un hijo. También aquellos hombres que estén cobrando una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad, pueden optar al complemento.